viernes, 27 de marzo de 2015

ACOSO LABORAL


ACOSO LABORAL.

Conducta persistente y demostrable, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.
Modalidades de acoso laboral.
-maltrato laboral: acto de violencia contra la integridad física o mental, la libertad física o sexual y los bienes del empleado o trabajador.
- expresión verbal injuriosa ultrajante que lesione la integridad moral o  la intimidad.
- todo comportamiento tendiente a menoscabar la auto estima.

Modalidades de acoso laboral.

2 persecución laboral: conducta reiterada o arbitraria de descalificación, exceso de trabajo y cambios permanentes de horarios, cuyo propósito es inducir a la renuncia del empleado.
3 discriminación laboral: trato diferenciado por razones de raza, género, origen familiar, credo religioso etc.
4 inequidad laboral: asignación de funciones a menos precio del trabajador.
5 entorpecimiento laboral: obstaculizar el cumplimiento de una labor o retrasarla con perjuicio para el trabajador. (Destrucción de información, ocultamiento de correspondencia, etc.)
6 desprotección laboral: funciones sin el cumplimento de los requisitos mínimos de protección y seguridad para el trabajador.

Conducta que contribuye a acoso laboral.
1 agresión física.
2 expresiones hostiles.
3 injustificadas amenazas de despido.
4 descalificación humillante en presencia de compañeros de trabajo.
5 burlas sobre la apariencia física y la forma de vestir.
6 alusiones publican a hechos íntimos.


Conductas que contribuyen a acoso laboral.
7 asignaciones de deberes extraños a la obligación laboral y exigencias desproporcionadas.
8 los horarios excesivos, cambios bruscos de turnos, trabajar domingos y festivos sin fundamento.
9 trato discriminatorio.
10 negativa a otorgar permisos, licencias= hay condiciones legales.
11 injurias (es posibles que sean anónimas)

Conductas que no constituyen acoso laboral.
1 actos para ejercer potestad disciplinaria.
2 exigencias razonables de fidelidad  labóralo lealtad empresarial.
3 memorandos solicitando exigencias técnicas o eficiencias laborales, conforme a indicadores objetivos.
4 solicitudes de deberes extras para la continuidad del servicio.

Conductas que no constituyen acoso laboral.
5 terminar el contrato de trabajo por justa causa (C S T)
6 exigir cumplimiento de deberes y obligaciones del C S T ARTS 55 AL 57 Y 59-60.
7 exigir cumplimiento de estipulaciones contenidas en contratos y cláusulas de trabajo.

Conductas atenuantes.
1 buena conducta anterior.
2 obrar en estado de emoción o pasión excusable.
3 disminuir la conducta o anular sus condiciones.
4 reparar discrecionalmente el daño causado.
5 conductas de inferioridad psíquica.
6 vínculos familiares y afectivos. (Inexequible sentencia c -898 de 2006).
7 manifiesta provocación o desafío.


Conductas agravantes.
1 reiteración de la conducta.
2 concurrencias de causales.
3 realizar la conducta por humillación o mediante precio o promesa remuneratoria.
4 actuar mediante ocultamiento que dificulte la defensa del ofendido, o la identificación del autor.
5 la posición predominante que el autor ocupe en la sociedad.
6 actuar valiéndose de un tercero o un inimputable.
7 cuando se cause el daño a la salud física o psíquica del sujeto.
 
Sanciones.
. Cometida por servidor público, falta gravísima del código disciplinario único.
. Terminación del contrato sin justa causa cuando el trabajador renuncie o abandone el cargo indemnización  art. 64 c.s.t.
. Multa ente 2 y 10 smmlv para quien lo realice y la persona que lo tolere.
. Pagar el 55 por ciento de la EPS Y LA ARP por el tratamiento de ep y demás secuelas originadas en el acoso laboral.
. Justa causa por la terminación del contrato de trabajo por parte del trabajador particular y también será justa causa de terminación o no renovación del contrato de trabajo cuando el acoso sea ejercido por un compañero de trabajo o un subalterno.
Garantías.
. Sin efecto terminación unilateral del contrato o destitución de la víctima =6 meses siguientes a la queja.
. No aplica para despidos autorizados por el ministerio de la protección social.
.queja infundada.
Sanción o multa entre 1medio y 3 smmlv (Inés. Parcial sentencia c – 738/06 descontados sucesivamente).
. Caducidad
6 meses después de la ocurrencia de los hechos.
Bienes jurídicos protegidos
. El trabajo en condición digna y justa.
. La libertad
.la intimidad
. La honra.
. La salud mental de los trabajadores.
. La armonía entre quienes comparten un mismo ambiente laboral.
. El buen ambiente en la empresa.

Sujetos activos o autores del acoso laboral.
1 gerente, jefe, director, supervisor.
2 la persona natural que se desempeñe como trabajador o empleado público.
3 la persona natural que induzca, favorezca u imita cumplir las sanciones.

Sujetos pasivos o victimas del acoso laboral.
Loa trabajadores emp0leados o sujetos a una relación de trabajo, los jefes  inmediatos.
 Sujetos participes del acoso laboral.
. Empleador
. La persona natural que omita cumplir los requisitos o amonestaciones.
Mecanismos de prevención y corrección.
. El comité obrero empleador.
. Actividades pedagógicas o terapias grupales de mejoramiento de las relaciones entre quienes comparten una relación laboral entre la empresa.
Actividades de prevención y corrección
. Información a los trabajadores sobre la ley 1010 de 2006.
. Espacios de dialogo.
. Diseño y aplicación de actividades.
. Formular las recomendaciones.
. Examinar conductas específicas.
.efectuar capacitación.
Procedimiento a seguir para realizar la denuncia de acoso laboral.
1 la denuncia deberá dirigirse por escrito en que se detallen los hechos denunciados y a las que se anexan prueba sumatoria de los mismos.
2 la autoridad que reciba la denuncia en tales términos obligara preventivamente al empleador para que ponga en marcha los procedimientos  confidenciales de análisis y corrección, programe actividades pedagógicos o terapias grupales de mejoramiento.
3 las relaciones entre quienes comparten una relación laboral dentro de una empresa.
4 para adoptar esta medida se escuchare a la parte denunciada.

 





4 comentarios:

  1. te quedo muy calro pero si hace falta como un poquito de imgenes

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  2. Hola compañera, te quedo muy completo, su contenido e imagenes, es rico verlo y leerlo.

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  3. Hola compañera, te quedo muy completo, su contenido e imagenes, es rico verlo y leerlo.

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  4. el contenido esta interesante pero te falto mas imagenes

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